En tiempos de Covid-19 la regulación de precios de transferencia aplicable en Colombia se encuentra contenida en el Estatuto Tributario en los artículos 260-1 al 260-11. Su reglamentación sigue las directrices de Precios de Transferencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
La adecuada planeación y cumplimiento de esta regulación le permite a las compañías crear y proteger valor mediante la optimización de las operaciones con vinculados y evitar posibles sanciones. Las obligaciones de precios de transferencia de 2019 no han sido aplazadas y su vencimiento continua en julio.
Acuerdos anticipados a precios:
Cumplimiento de obligaciones formales (BEPS acción 13):