16/01/25
El 30 de diciembre de 2024 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) para el ejercicio 2025 y su Anexo 13, mismas que incorporan las disposiciones generales que permiten facilitar el cumplimiento de las obligaciones de forma oportuna y adecuada, establecidas en la Ley Aduanera y demás ordenamientos aplicables en materia de comercio exterior y aduanal. En complemento, el 6 de enero de 2025 se dieron a conocer por el mismo medio de difusión oficial los “Anexos 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 23, 24, 25, 26, 28, 29 y 30 de las RGCE para 2025”.
Asimismo, se publicó la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) para 2025 y sus Anexos 1, 5, 6, 8, 15, 19 y 27, misma que agrupa aquellas disposiciones de carácter general aplicables a impuestos, productos, aprovechamientos, contribuciones de mejoras y derechos federales.
Entre los cambios que se publicaron, destacan los siguientes puntos:
Derivado de la segunda resolución de modificaciones a las RGCE para 2024, se hacen las siguientes precisiones en las RGCE para 2025 respecto de la obligación de contar con un sistema automatizado de control de inventarios con acceso en línea para las autoridades aduaneras (rubro C):
Dentro del anexo 5, se adicionan 2 criterios no vinculativos de Ley con el objetivo de facilitar la forma en la que se deberán de aplicar las disposiciones aduaneras relacionadas con:
Norma Gascón Romero
Managing director de comercio internacional y aduanas, PwC México