NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-037-STPS-2023 (NOM 037)

15/06/23

Teletrabajo-Condiciones de seguridad y salud en el trabajo

En breve

Derivado de la incorporación de los comentarios presentados al PROY-NOM-037-STPS-2022, así como a la revisión final del mismo, el 08 de junio de 2023 fue publicada en el Diario Oficial de la Federación la versión definitiva de la NOM-037-STPS-2023 por medio de la cual se establecen las medidas de prevención de riesgos que deben adoptarse en los lugares de trabajo, en donde las personas teletrabajadoras lleven a cabo sus actividades. El teletrabajo privilegia el uso de las tecnologías de la información y de las comunicaciones como instrumento principal para el desempeño de las funciones de los empleados en modalidad de Teletrabajo.


En detalle

¿Qué establece?
Las condiciones de seguridad y salud en los lugares de trabajo en donde las personas teletrabajadoras realizan sus actividades con la finalidad de prevenir accidentes y enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en el entorno donde se prestan dichos servicios.

¿A partir de cuándo?
La NOM 037 entrará en vigor a los 180 días naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación, es decir, el 05 de noviembre de 2023.

¿A quiénes les aplica?
En toda la República Mexicana a todos los centros de trabajo que cuenten con personal en la modalidad de teletrabajo, es decir, que empleen personal cuyas funciones se desarrollen con el uso de las tecnologías de la información y comunicación, con más del 40% de su jornada laboral en la modalidad de teletrabajo.


¿Qué deberá observarse?

A. Empleadores

Entre otras obligaciones destacan: 

  • Tener una lista actualizada de su personal en la modalidad de teletrabajo, que deberá incluir, entre otros requisitos, el establecimiento de los lugares de trabajo propuestos por las personas teletrabajadoras y convenidos con el empleador.
  • Los lugares para el desarrollo del teletrabajo deberán: disponer de conectividad para el uso y manejo de las tecnologías de la información y comunicación y que el empleado teletrabajador cuente con condiciones óptimas (iluminación, ventilación, condiciones ergonómicas, etc.).
  • Implementación de la Política de Teletrabajo que cumpla con las disposiciones del contrato colectivo de trabajo o del reglamento interior del trabajo, según aplique.
  • Informar a los teletrabajadores y a la comisión de seguridad e higiene sobre los riesgos relacionados con la actividad que desempeñan.
  • Contar con la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo, así como cumplir con las medidas establecidas por la comisión de seguridad e higiene.
  • Otorgar las facilidades para que la comisión de seguridad e higiene realice la validación de la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo.
  • Establecer y documentar el proceso de implementación del teletrabajo, es decir, cambio de modalidad presencial a teletrabajo y viceversa.
  • Proporcionar al teletrabajador las herramientas/equipo señaladas para el desarrollo de sus actividades (silla ergonómica, insumos, aditamentos)
  • Capacitación una vez al año a los teletrabajadores sobre las condiciones de seguridad y salud.
  • Practicar exámenes médicos a las personas teletrabajadoras de conformidad con lo previsto por la NOM-030-STPS-2009.

B. Para las personas teletrabajadoras

  • Brindar a la comisión de seguridad e higiene, las facilidades para la comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en cada lugar de trabajo acordado.

  • Como alternativa, aplicar la lista de verificación sobre las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo en suplencia del empleador.

  • Cumplir la Política de Teletrabajo.

  • Informar cualquier alteración en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

  • Brindar a la comisión de seguridad e higiene, las facilidades para la comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en cada lugar de trabajo acordado.

  • Como alternativa, aplicar la lista de verificación sobre las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo en suplencia del empleador.

  • Cumplir la Política de Teletrabajo.

  • Informar cualquier alteración en las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.


De forma general la NOM regula:

  • Las condiciones de seguridad y salud en el trabajo.

  • Capacitaciones y adiestramiento.

  • Organismos de evaluación de conformidad.

  • Procedimiento para la Evaluación de conformidad.

  • Vigilancia del cumplimiento de la NOM a través de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

En PwC contamos con un equipo de expertos en materia laboral, seguridad social y fiscal que los podrán apoyar en el análisis, implementación y cumplimiento de la NOM-037-STPS-2023, desde una perspectiva multidisciplinaria considerando implicaciones en dichas materias.

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Marta Milewska

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Pilar López Carasa

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