Este 26 de enero se aprobaron los proyectos de ley de Pensión Garantizada Universal, y de su financiamiento. Para este último, se modificaron o eliminaron exenciones tributarias, y se gravaron o aumentaron los impuestos para algunas operaciones.
Uno de los cambios más importantes es que se aplicará IVA a la generalidad de los servicios, a menos que tengan una exención. Se mantiene la franquicia al transporte de pasajeros y continúa gravado el transporte de carga.
Las principales reformas tributarias del texto aprobado son:
- Se elimina la exención sobre ganancias de capital de determinados instrumentos transados en bolsa, quedando gravadas con tasa de 10%. Comenzará a regir 6 meses desde el primer día del mes posterior a la publicación de la ley.
Este nuevo impuesto no afecta a inversionistas institucionales.
- Se elimina gradualmente el crédito especial IVA que beneficiaba a las empresas constructoras, esto es, la deducción en los PPM del 65% del débito que determinen en la venta de inmuebles habitacionales.
A contar del 2023 este crédito se rebaja a un 32,5% y se elimina para el 2025.
- Se elimina la exención de impuesto para personas naturales, por rentas de arrendamiento de DFL2, desde la tercera vivienda, independientemente de su fecha de adquisición. Rige desde enero del 2023.
- Se establece como hecho gravado general con IVA, a contar de enero del 2023, los servicios, salvo excepciones, como los prestados por personas naturales, salud ambulatoria (excluye laboratorios y clínicas), educación, transporte de pasajeros y servicios de sociedades de profesionales.
- Se afectan con impuesto a las herencias y donaciones las sumas percibidas de contratos de seguros de vida celebrados desde la publicación de la ley. Se excluyen seguros de invalidez y sobrevivencia del DL 3.500.
- Se aumentan los valores de las patentes de exploración minera y de explotación no metálica, y se crea una escala progresiva para la patente de explotación en ciertos casos. Vigentes transcurrido un año desde la publicación de la ley.
- A contar del 2023 se elimina el crédito por compras de activo fijo para empresas con ventas anuales sobre UF 100.000.
- A contar del 2023 se aumenta la sobretasa del impuesto territorial para inmuebles superiores a $900.000.000, a 0,425%.
- Se grava con impuesto anual de 2% a helicópteros y aviones de uso privado, yates, y a los automóviles avaluados en más de $40.000.000, salvo que sean de propiedad de una empresa que realice actividades de los números 1, 3, 4 y 5 del artículo 20 de la Ley de la Renta, y los destine al giro.
- A contar del 2023 se homologa el tratamiento tributario del leasing al tratamiento financiero actual.
Con estas modificaciones, el Gobierno se ha propuesto una meta muy ambiciosa: aumentar la recaudación fiscal y así financiar el nuevo sistema de pensiones.
El proyecto quedó en condiciones de ser promulgado por el Ejecutivo. Una vez publicado en el Diario Oficial, será ley de la República.