Los “stock options”, o pagos basados en acciones como los define las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), están con nosotros desde hace algún tiempo y para muchas empresas multinacionales no es una novedad. Sin embargo, el registro contable en las subsidiarias ha sido normado en el Perú a partir del año 2008.
El Consejo Normativo de Contabilidad a través de su Resolución No.040-2008-EF/94 de fecha 14 de marzo de 2008 aprobó la aplicación obligatoria en el Perú de varias normas contables, entre las cuales se encuentra la CINIIF 11 - “NIIF2 - Transacciones con acciones propias y del Grupo”. Si bien el tratamiento contable de los “stock options” ya estaba normado por la NIIF 2 - “Pagos basados en acciones”, aún no se había precisado el registro contable de los “stock options” en los estados financieros de las subsidiarias dentro de un mismo grupo económico.
Entre los temas que aborda esta CINIIF 11 se incluyen los acuerdos de pagos basados en acciones que afectan a dos o más empresas dentro de un mismo grupo económico; por ejemplo, cuando se concede a los empleados de una subsidiaria derechos sobre los instrumentos de patrimonio de su casa matriz (o entidad controladora) en contraprestación de los servicios prestados a la subsidiaria y sujeto a la condición de que los empleados se queden dentro del grupo económico durante un determinado período.
La CINIIF 2 específica que el registro contable de estos acuerdos entre la controladora y los empleados de las subsidiarias será determinado por la entidad que otorga la concesión, es decir, la entidad que tiene la obligación de proveer los instrumentos de patrimonio a los empleados. Esta norma también indica que siempre que el acuerdo de pago basado en acciones se contabilice como un plan liquidado mediante instrumentos de patrimonio en los estados financieros consolidados de la controladora, la subsidiaria registrará dichos acuerdos de la misma forma, es decir, registrará un incremento en el patrimonio neto como una aportación de la empresa controladora a la subsidiaria y un gasto por los servicios recibidos de los empleados.
A continuación se presenta un ejemplo de lo descrito anteriormente: Un plan de incentivos de un grupo multinacional comprende la entrega por parte de la controladora a los empleados de la subsidiaria de acciones de la misma controladora. El registro contable de este plan a nivel consolidado se realiza siguiendo el plan de liquidación mediante instrumentos de patrimonio y la controladora tiene la obligación de entregar las acciones. El valor razonable de acciones a la fecha de la concesión es de US$1,200 y los asientos contables a la fecha de la consolidación de la concesión es el siguiente:
| En la controladora | En la subsidiaria |
| Dr Inversión en subsidiaria, US$1,200 Cr Patrimonio, US$1,200 |
Dr Gasto, US1,200 Cr Patrimonio, US$1,200 (como contribución de la controladora) |
Debido a la aplicación obligatoria de esta norma es importante que la empresas realicen un análisis de los beneficios que reciben los empleados de la casa matriz, y en coordinación con esta, se establezca el registro contable más apropiado para reflejar estos planes de “stock options” en los estados financieros de la subsidiaria. Por otro lado, también se debe analizar las implicancias tributarias de los “stock options” para la empresa y los trabajadores.
Finalmente, es importante resaltar que cada plan es único porque se elaborada de acuerdo con las necesidades y características de cada organización, por lo que el análisis contable y tributario debe realizarse en forma separada por cada plan de incentivo en acciones.
Francisco Patiño